Resoluciones JCE sobre impugnaciones H. Mejía y otros
La Cámara Contenciosa de la JCE validó las
resoluciones adoptadas por la XXII Convención Ordinaria del
PRD celebrada el 19 de julio, excepto la creación de cuatro
comisiones.
El Tribunal Contencioso Electoral validó la
elección provisional de los nuevos directivos
perredeístas y del presidente de la comisión
organizadora de la convención del PRD.
También declaró válidas la convocatoria
para la convención del día 27 de este mes.
Validó la elección provisional de los senadores Mario
Torres, como secretario general, y Andrés Bautista, como
presidente en funciones, Teófilo Rosario Martínez,
como secretario nacional de Organización, y de Tomás
Hernández Alberto como presidente de la comisión
organizadora de la convención del PRD.
Asimismo, declaró válidas la convocatoria para la
celebración de las demás fases de la XXVII
convención del PRD, una convocada para el 27 de este mes y
la otra el 18 de octubre, para elegir los cargos de elección
universal, realizar un plebiscito y juramentar y proclamar a las
autoridades nacionales electas.
Los jueces justificaron su decisión, afirmando que todas
esas decisiones fueron refrendadas y notificadas oportunamente por
el CEN del PRD, de conformidad con lo que establecen sus
estatutos.
La Cámara Contenciosa sólo acogió las
resoluciones sexta, séptima, octava y décima que
tienen que ver con la designación de las comisiones de
control, de reforma estatutaria y nacional consultiva, así
como el consejo nacional de disciplina, por considerarlas
extemporáneas, en razón de que esas designaciones
sólo puede hacerlas la convención nacional ordinaria
cuando se haya cumplido con la elección de los cargos
señalados en el artículo 173 de los estatutos del
partido.
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La Cámara Contenciosa de la JCE rechazó un recurso
que buscaba "Declarar la incumpatibilidad de funciones, en las
áreas operativas del partido, con las posiciones
dirigenciales, y sus aspiraciones a reelegirse como Senadures en
sus respectivas Provincias, de los señores Dr. Andrés
Bautista, Agron. Mario Torres, dentro del PRD, en consecuencia.
ordenéis por resolución. la renuncia inmediata a sus
aspiraciones reeleccionistas. de ambos cungresistas, tal y como lo
conviene el artículo 184 de los estatutos del PRD. Bajo las
más amplias reservas de derechos y acciones ".
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resolución a favor senadores Bautista y Torres
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